Micelio
Auto19 de mayo de 2016

A- de 2016

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Carlos Alejo Barrera Arias

Tema · dato duro
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de aclaración de la sentencia T-012/16.

El magistrado del Tribunal Superior de Bogotá Carlos Alejo Barrera Arias solicitó a la Corporación aclarar y/o adicionar el fallo de la referencia, en el sentido de disponer que el plazo concedido para emitir una nueva providencia empieza a correr una vez el proceso se encuentre preparado para dictar el mismo Tras considerar que la sentencia T-012/16 es lo suficientemente clara y no conlleva a equívocos que ameriten su adición o aclaración, la Sala de Revisión decide declarar IMPROCEDENTE la petición formulada.

Se advierte al Tribunal Superior de Bogotá que las sentencias de la Corte Constitucional son de inmediato y obligatorio cumplimiento, so pena de incurrir en desacato.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de aclaracion elevada por el doctor Magistrado Carlos Alejo Vargas, relativa a la orden cuarta de la sentencia T-012 de 2016 emitida por la Sala Novena de Revision Constitucional.
  2. SEGUNDO. ADVERTIR al Tribunal Superior que las sentencias de esta Corporacion son de inmediato y obligatorio cumplimiento so pena de incurrir en desacato, de conformidad con el articulo 2591 de 1991.
  3. Contra el presente auto no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.